-¿Qué hacer si me notifican una demanda?-

Notificación demanda
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-¿Qué hacer si me notifican una demanda?-

Notificación demanda

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Cuando recibes una demanda, te encuentras en una situación normalmente nueva, y sobre todo alarmante.

Venimos a aclarar algunas dudas, para que en caso de que te encuentres en dicha situación, puedas actuar con tranquilidad, y con la garantía de saber al menos qué pasos debes seguir tras la notificación de la demanda.

Hay que tener en cuenta en primer lugar que una notificación del juzgado, puede tener diversos objetivos, y no solo comunicarnos que hemos sido demandados.

Se utilizará este método de notificación también para comunicar la citación para acudir a declarar como testigo, una solicitud para aportar documentación, etc., aunque la documentación que nos harán llegar no siempre será la misma

En la documentación que van a entregarnos, deberá ser incluida una copia de la demanda que han interpuesto contra nosotros, y por tanto, podremos comprobar el motivo de la misma, quién es el demandante, la fecha, etc., además de los documentos que aporta la otra parte como prueba de sus pretensiones.

Vendrá acompañada del denominado «decreto de admisión», por el cual se admite la demanda interpuesta por la otra parte, y una cédula de emplazamiento (es un documento que nos comunica el plazo para contestar a la demanda).

Lo primero que tendremos que hacer será contactar con un abogado. En algunas ocasiones, tenemos un abogado de confianza, o algún conocido en esta profesión, pero si no es así, tendremos que buscar un abogado, o en su caso, solicitar abogado de oficio.

Es importante que no dejemos pasar los días, ya que en un procedimiento judicial son importantes los plazos, y de esta forma, nuestro abogado tendrá mayor margen para actuar. Los plazos establecidos comenzarán a contar, por regla general, desde el día siguiente a la notificación de la demanda.

En la contestación a la demanda, nuestro abogado deberá dar respuesta adecuada a las pretensiones de la otra parte, comunicando los hechos según la parte y aportando las pruebas necesarias que acrediten dichas aportaciones. Una vez se ha presentado la contestación a la demanda, continuará el proceso, y seremos notificados de cualquier novedad en el mismo a través de nuestros representantes; abogado y procurador. Si no contestamos a la demanda, dicho trámite precluirá, es decir, una vez pase el plazo establecido, y que se comunica en la cédula de emplazamiento, no podremos llevar a cabo esa contestación, lo que tendrá posiblemente consecuencias perjudiciales en el procedimiento. Hay que tener en cuenta que en este caso, estamos perdiendo la oportunidad de defendernos ante las pretensiones de la parte contraria.

Nuestro abogado deberá dar respuesta adecuada a las pretensiones de la otra parte, comunicando los hechos según la parte y aportando las pruebas necesarias que acrediten dichas aportaciones.

Una vez se ha presentado la contestación a la demanda, continuará el proceso, y seremos notificados de cualquier novedad en el mismo a través de nuestros representantes; abogado y procurador.

Si no contestamos a la demanda, dicho trámite precluirá, es decir, una vez pase el plazo establecido, y que se comunica en la cédula de emplazamiento, no podremos llevar a cabo esa contestación, lo que tendrá posiblemente consecuencias perjudiciales en el procedimiento. Hay que tener en cuenta que en este caso, estamos perdiendo la oportunidad de defendernos ante las pretensiones de la parte contraria.

Quedamos como siempre a tu disposición para cualquier duda que puedas tener en relación con este tema

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